Una decisión en España marca un antecedente para elresto del mundo: después de una separación, un juez decidió la tenenciacompartida de una perra de raza pastor alemán. 

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Un juez de Barcelona ha estimado la demandacivil interpuesta por un ciudadano quereclamaba la tenencia compartida del perro (concretamente, un perra de razapastor alemán), al que no podía visitaro pasear tras romper con la pareja con la que había convivido.

El funcionario consideró que era una “circunstanciaformal” que en la documentación del animal solo figurara como titular la mujer;y que lo relevante era en verdad que, durante laconvivencia como pareja, ambos se responsabilizaron del perro “como un serpropio de ambos”. Por eso dictó la tenenciacompartida del animal, de manera que, en el caso de que no hubiera acuerdo,debería realizarse un reparto del perro en semanas alternas.

Éste esuno de los primeros casos en los que se resuelve por vía civil el litigio sobre latenencia de un animal tras un caso de ruptura de una pareja.

Elcaso

El asunto fue juzgado el 28 de febrero del2017. Tanto él como la demandada eran pareja de hecho y estuvieron conviviendodesde inicios del 2010 a octubre del 2015. Ambos cuidaban de la perra, Luna,nacida el 10 de noviembre del 2011, cuando ya se había iniciado la relación.

Pero tras la ruptura de la pareja, él dejó eldomicilio; y a partir de enero del 2016,la expareja dejó de permitirle que siguiera viendo al animal.

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Creandoreferencias a futuro

Carlos Soliva, el abogado del demandante,destacó que: “Éste es el primer fallo en Catalunya y el segundo de España en quese recoge la tenencia compartida de una mascota en una pareja”.

Soliva cree que en los casos de discrepanciassobre el reparto del perro en rupturas de pareja, la vía civil es “más efectivaque la penal”, pues en la mayorparte de la sentencias los jueces estiman que en estas circunstancias no puede hablarsede una apropiación indebida.

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