La Corte confirma la prohibición de las corridas de toros a través de la validación de la Ley 2385 de 2024, una norma histórica que avanza en la restricción de espectáculos que implican maltrato animal, como las corridas de bueyes, el rejoneo, las novilladas, las becerradas y las tientas.
La decisión fue tomada de manera unánime por la Sala Plena, que declaró la ley ajustada a la Constitución y respaldó su objetivo de promover una transformación cultural en el país.
Qué establece la ley que avaló la Corte Constitucional
La Ley 2385 de 2024 prohíbe de forma expresa varias prácticas tradicionales utilizadas como entretenimiento humano y que generan sufrimiento animal. Según el fallo, la normativa busca proteger la integridad de los animales como formas de vida no humanas, en línea con los principios constitucionales de protección ambiental y bienestar animal.
Entre las actividades prohibidas se encuentran:
- Corridas de toros
- Rejoneo
- Novilladas
- Becerradas
- Tientas
La Corte consideró que estas prácticas no pueden justificarse como expresiones culturales cuando implican violencia y crueldad hacia los animales.
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Qué resolvió la Corte sobre las peleas de gallos y otras prácticas
En su decisión, el alto tribunal también analizó el alcance de la ley sobre otras actividades como:
- Peleas de gallos
- Corralejas
- Coleo
- Cabalgatas
La Corte declaró inexequible una expresión específica del parágrafo 4 del artículo 3, pero determinó que los efectos de esa decisión se difieran por un plazo de tres años, con el objetivo de permitir procesos de reconversión laboral y cultural para las personas que dependen económicamente de estas prácticas.
Un fallo que marca un cambio cultural en Colombia
Desde el Congreso y organizaciones defensoras de los derechos animales, la decisión fue celebrada como un avance histórico. Legisladores que impulsaron la norma destacaron que el fallo refuerza la idea de que ninguna tradición puede estar por encima del respeto a la vida y al bienestar animal.
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