Novedad: la Corte ampara a Greenpeace por el Fondo Climático a través de una decisión respaldada por cuatro de los cinco ministros de la Primera Sala, que se basó en el proyecto de la ministra Margarita Ríos Farjat, quien sostuvo que la desaparición del fondo afectó el derecho a un medio ambiente sano.
es importante destacar que el Fondo para el Cambio Climático era un instrumento financiero creado por la Ley General de Cambio Climático de México con el objetivo de canalizar recursos públicos y privados para apoyar políticas, programas y proyectos que ayuden a mitigar los efectos del cambio climático y promover la adaptación a sus impactos.
Entre sus funciones estaban:
- Financiar acciones para reducir emisiones de gases de efecto invernadero.
- Apoyar a comunidades vulnerables ante fenómenos climáticos extremos.
- Fomentar el uso de energías limpias y tecnologías sostenibles.
- Respaldar investigaciones científicas y educación ambiental.
Estaba administrado por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) y operado en conjunto con la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT).
La Corte favorece a Greenpeace en defensa del Fondo Climático

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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) concedió un amparo a Greenpeace México en contra de la eliminación del Fondo para el Cambio Climático, uno de los 109 fideicomisos suprimidos en 2020 durante el gobierno de Andrés Manuel López Obrador.
Aunque la Corte declaró inconstitucional dicha reforma, el fallo sólo garantiza a Greenpeace el acceso a recursos públicos destinados a acciones contra el cambio climático. La sentencia contrasta con la decisión tomada en 2023 por la Segunda Sala, que había negado un amparo similar al CEMDA.
porque la corte declaro la inconstitucionalidad
La Suprema Corte pronunció la inconstitucionalidad de la eliminación del Fondo para el Cambio Climático porque consideró que su desaparición fue una medida regresiva que vulneró el derecho constitucional a un medio ambiente sano.
En el proyecto aprobado por mayoría, la ministra Margarita Ríos Farjat argumentó que eliminar el fondo sin ofrecer un mecanismo igual o mejor para garantizar los recursos necesarios para combatir el cambio climático, violaba principios de protección ambiental y debilitaba los instrumentos previstos por la ley para enfrentar esta crisis.
En resumen, la Corte concluyó que quitar ese fondo redujo las garantías ambientales establecidas por la legislación, sin ofrecer alternativas equivalentes, lo cual contraviene los compromisos del Estado mexicano en materia de derechos humanos y ambiente.